IUSera
Registro digital 2030395 · Tesis aislada · 11a. Época · I.11o.C.79 K (11a.) · DÉCIMO PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.

CONCEPTOS DE VIOLACIÓN INOPERANTES. SON LOS QUE, DE DECLARARSE FUNDADOS, PROVOCARÍAN QUE SE PRIVE A LA PARTE QUEJOSA DE LO QUE YA OBTUVO EN EL JUICIO DE ORIGEN.

Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Hechos: Al examinarse los conceptos de violación en diversos juicios de amparo directo se apreció que eran fundados pero que, de concederse la protección constitucional, empeoraría la situación de la parte quejosa o se le privaría de lo ya obtenido en el juicio de origen. Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que atento al principio non reformatio in peius –no reformar para empeorar–, si los conceptos de violación son fundados, pero tienen la consecuencia de empeorar la situación de la quejosa o privarla de lo que ya obtuvo en el juicio de origen, deben declararse in...

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