IMPROCEDENCIA DEL JUICIO DE AMPARO POR CONSENTIMIENTO EXPRESO. NO SE ACTUALIZA CUANDO LA QUEJOSA OBTIENE SENTENCIA DEFINITIVA QUE LE PERJUDICA EN UNA PARTE Y LE BENEFICIA EN OTRA, Y PROMUEVE INCIDENTE DE LIQUIDACIÓN PARA MATERIALIZAR LA CONDENA DECRETADA A SU FAVOR (ARTÍCULO 61, FRACCIÓN XIII, DE LA LEY DE AMPARO).
Texto de la tesis
Hechos: En un juicio oral mercantil se absolvió a la parte demandada del pago de diversas prestaciones y se le condenó a otras. La actora promovió juicio de amparo contra la resolución que absolvió a la demandada del pago reclamado. La parte tercera interesada alegó que se actualiza la causa de improcedencia prevista en el artículo 61, fracción XIII, de la Ley de Amparo, pues la quejosa promovió incidentes de liquidación de sentencia, por lo que consintió expresamente el acto reclamado. Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que si en el juicio de origen la parte quej...
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