IUSera
Registro digital 2030324 · Jurisprudencia · 11a. Época · XV.3o. J/1 C (11a.) · TERCER TRIBUNAL COLEGIADO DEL DÉCIMO QUINTO CIRCUITO.

COMPETENCIA CONCURRENTE. CONSTITUYE UNA EXCEPCIÓN A LA SUMISIÓN EXPRESA PACTADA EN EL CONTRATO BASE DE LA ACCIÓN EN EL JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL ORAL, CUANDO LOS ÓRGANOS JURISDICCIONALES QUE OPERAN EN LA CIRCUNSCRIPCIÓN TERRITORIAL ESTABLECIDA EN LA CLÁUSULA RELATIVA NO SON COMPETENTES PARA CONOCER DE ESE JUICIO POR RAZÓN DE LA CUANTÍA, POR LO QUE DEBE QUEDAR A SALVO EL DERECHO DEL PROMOVENTE PARA ACUDIR A LA POTESTAD JURISDICCIONAL DE LOS TRIBUNALES FEDERALES O LOCALES DE SU ELECCIÓN.

Mercantil Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Hechos: Una persona presentó demanda en la vía ejecutiva mercantil oral ante el Juzgado de Distrito en Materia Mercantil Federal en el Estado de Baja California, con residencia en Mexicali, cuyo documento base de la acción consistió en el contrato de apertura de crédito de habilitación o avío; el Juez de Distrito se declaró incompetente por razón de territorio para conocer de la misma y ordenó la remisión de los autos al órgano jurisdiccional establecido en la cláusula contractual relativa, toda vez que la actora se encontraba en el supuesto de sumisión expresa previsto en el artículo 1093 del...

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