IUSera
Registro digital 2030322 · Jurisprudencia · 11a. Época · 1a./J. 35/2025 (11a.) · Primera Sala

AUTORIDADES INDÍGENAS EN EL JUICIO DE AMPARO. NO PROCEDE SUPLIR LA DEFICIENCIA DE SU QUEJA CUANDO INTERVENGAN COMO TERCERAS INTERESADAS EN RECURSOS DE REVISIÓN EN MATERIA PENAL.

Constitucional y Amparo Penal Derechos Humanos
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Hechos: Tres personas indígenas fueron sancionadas por la Asamblea General Comunitaria de Santiago Tlazoyaltepec, Oaxaca, con veinte años de cárcel por un presunto desvío de recursos. Esta determinación se convalidó por la Sala de Justicia Indígena del Estado de Oaxaca, al considerar que si bien el artículo 38, fracción I, inciso b), de la Ley de Derechos de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicano de dicha entidad federativa limita la jurisdicción de la Asamblea General Comunitaria indígena en materia penal a aquellos delitos que estén sancionados en el Código Penal local con pena q...

Lee la tesis completa gratis

Crea tu cuenta y consulta el texto íntegro, el semanario de cada semana y la biblioteca de leyes.