PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN CAMBIARIA DIRECTA. LAS DISPOSICIONES ADMINISTRATIVAS DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO QUE SUSPENDIERON LOS PLAZOS Y TÉRMINOS PROCESALES DERIVADOS DE LAS MEDIDAS DE CONTINGENCIA POR LA PANDEMIA GENERADA POR EL VIRUS SARS-COV-2 (COVID-19), NO CONSTITUYEN UN SUPUESTO DE PRÓRROGA EN EL EJERCICIO DE LA ACCIÓN.
Texto de la tesis
Hechos: En un juicio ejecutivo mercantil oral se condenó a la demandada al pago de la suerte principal y sus intereses. Interpuso amparo directo donde reclamó la ampliación del plazo de prescripción de la acción cambiaria directa que la autoridad responsable estableció a partir de la interpretación del Acuerdo 03-22/2020 emitido por el Pleno del Consejo de la Judicatura de la Ciudad de México, en relación con los diversos Acuerdos Plenarios 39-14/2020 y 03-19/2020, que determinaron la suspensión de labores y plazos procesales en el Poder Judicial de la Ciudad de México por el periodo del 18 de...
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