IUSera
Registro digital 2030252 · Tesis aislada · 11a. Época · I.11o.C.61 K (11a.) · DÉCIMO PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.

INCOMPETENCIA POR DECLINATORIA. LOS TRIBUNALES DE ALZADA DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO NO SON SUPERIORES DE INSTANCIA DE LOS JUZGADOS DE OTRAS ENTIDADES FEDERATIVAS.

Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Hechos: Una persona moral promovió amparo indirecto en el que reclamó la resolución del tribunal de alzada de la Ciudad de México que declaró fundada la excepción de incompetencia por declinatoria y ordenó remitir el asunto a un juzgado de otra entidad federativa. El Juzgado de Distrito desechó la demanda por estimar que el acto reclamado no es de imposible reparación. Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que los tribunales de alzada de la Ciudad de México no son superiores de las personas juzgadoras de otra entidad federativa, pues estas últimas tienen sus propios...

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