CORREDOR PÚBLICO. PARA DEFINIR SI REALIZÓ SU FUNCIÓN EN LA PLAZA DE LA CIUDAD DE MÉXICO PARA LA QUE ESTÁ AUTORIZADO, Y NO EN EL ESTADO DE MÉXICO, DEBE ATENDERSE AL CONVENIO AMISTOSO SOBRE LÍMITES TERRITORIALES QUE SUSCRIBIERON AMBAS ENTIDADES FEDERATIVAS Y A LA LEGISLACIÓN DELIMITANTE DIMANADA DE ÉSTE.
Texto de la tesis
Hechos: Mediante instructivos, un corredor público de la plaza de la Ciudad de México dio fe de que se constituyó en el domicilio de una empresa para entregarle cartas de su contraparte relacionadas con el contrato que concertaron. La destinataria de las cartas demandó a la remitente la nulidad de esos instructivos y de sus consecuencias jurídicas, pues afirmó que su domicilio se situaba en el Estado de México. Al contestar la demanda, el corredor público aseveró que actuó dentro del territorio de la plaza comercial para la que está habilitado. En la sentencia definitiva, la autoridad responsa...
Lee la tesis completa gratis
Crea tu cuenta y consulta el texto íntegro, el semanario de cada semana y la biblioteca de leyes.