ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO "SERVICIOS DE SALUD JALISCO". LOS TRABAJADORES QUE INGRESARON A PARTIR DE SU CREACIÓN DEBEN INSCRIBIRSE Y PAGAR APORTACIONES AL INSTITUTO DE PENSIONES DEL ESTADO DE JALISCO.
Texto de la tesis
Hechos: Dos Tribunales Colegiados de Circuito sustentaron criterios contradictorios al analizar a qué instituto de seguridad social debían ser inscritos los trabajadores del Organismo Público Descentralizado "Servicios de Salud Jalisco" que ingresaron a laborar con posterioridad a su creación. Mientras que uno resolvió que era al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado; el otro consideró que era al Instituto de Pensiones del Estado de Jalisco. Criterio jurídico: El Pleno Regional en Materias Penal y de Trabajo de la Región Centro-Sur, con residencia en la Ciu...
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