IUSera
Registro digital 2030189 · Tesis aislada · 11a. Época · VII.2o.T.61 L (11a.) · SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL SEPTIMO CIRCUITO.

CONTESTACIÓN DE LA DEMANDA EN EL JUICIO LABORAL. PUEDE DEPOSITARSE EN LA OFICINA DEL SERVICIO POSTAL MEXICANO CUANDO EL DEMANDADO RADIQUE EN LUGAR DISTINTO AL DE LA RESIDENCIA DEL TRIBUNAL DEL CONOCIMIENTO.

Laboral y Seguridad Social Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Hechos: En un juicio laboral la demandada depositó su contestación a la demanda en una Oficina del Servicio Postal Mexicano. La actora se inconformó manifestando que la Ley Federal del Trabajo no prevé esa posibilidad, por lo que debió tenérsele por contestada en sentido afirmativo. Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que la contestación de la demanda laboral puede depositarse en la oficina del Servicio Postal Mexicano cuando el demandado radique en lugar distinto al de la residencia del tribunal del conocimiento. Justificación: Si bien en la Ley Federal del Trabaj...

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