GASTOS Y COSTAS EN EJECUCIÓN DE SENTENCIA. LA PERSONA JUZGADORA ESTÁ EN APTITUD LEGAL DE CONDENAR AL PAGO DE LOS GENERADOS CON MOTIVO DE LA EJECUCIÓN FORZOSA, CON INDEPENDENCIA DE QUE SE HAYA CONDENADO O NO AL PAGO DE GASTOS Y COSTAS EN EL JUICIO NATURAL O SU ALZADA O, INCLUSO, SI NO SE HIZO LA SOLICITUD EN LA DEMANDA INICIAL (LEGISLACIÓN DE LA CIUDAD DE MÉXICO).
Texto de la tesis
Hechos: Los Tribunales Colegiados de Circuito contendientes sustentaron criterios contradictorios, al analizar casos en los que la parte vencedora en el juicio natural, exigió el pago de gastos y costas originados con motivo de la ejecución de sentencia en la vía de apremio. Mientras que un contendiente consideró que para ordenar el pago de gastos y costas en ejecución de sentencia, era condición necesaria que también se hubiera condenado el pago de gastos y costas en la sentencia de primera instancia o en su alzada; otro de los contendientes razonó que era innecesario que en el juicio natural...
Lee la tesis completa gratis
Crea tu cuenta y consulta el texto íntegro, el semanario de cada semana y la biblioteca de leyes.