DEMANDA DE AMPARO INDIRECTO. ES IMPROCEDENTE DESECHARLA CUANDO SE RECLAMA LA OMISIÓN DE PROVEER SOBRE LA PROVIDENCIA CAUTELAR RELATIVA A MANTENER EL SERVICIO DE SALUD POR EMBARAZO DE UNA TRABAJADORA DESPEDIDA, AUN CUANDO NO SE HAYA EMPLAZADO A LA DEMANDADA EN EL JUICIO LABORAL.
Texto de la tesis
Hechos: En amparo se señaló como acto reclamado la omisión del Tribunal Laboral de proveer sobre las providencias cautelares solicitadas por la actora en el juicio laboral para que el patrón se abstuviera de darla de baja de la institución de seguridad social en la que se encontraba afiliada, arguyendo haber sido despedida en razón de su embarazo. La persona juzgadora desechó de plano la demanda al considerar actualizada de forma notoria y manifiesta una causal de improcedencia, derivada de no haber transcurrido entre la fecha de presentación de la demanda laboral y la de amparo, el plazo de 4...
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