RECONOCIMIENTO DE LA RELACIÓN LABORAL DE UNA PERSONA MENOR DE EDAD. DEBE ANALIZARSE ATENDIENDO AL PRINCIPIO DE PRIMACÍA DE LA REALIDAD (TRABAJO INFANTIL).
Texto de la tesis
Hechos: Una persona demandó de una Alcaldía de la Ciudad de México el reconocimiento de un vínculo laboral, así como el otorgamiento de prestaciones de seguridad social, derivado del accidente de trabajo que sufrió en el desempeño de sus labores cuando aún era menor de edad. La autoridad laboral absolvió de los reclamos al considerar que no se demostró la relación laboral entre las partes. Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que cuando se reclama el reconocimiento del vínculo laboral por parte de una persona menor de edad, los órganos jurisdiccionales deben analiza...
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