DERECHOS POR EL SERVICIO DE SUMINISTRO DE AGUA. LAS DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y LOS AVISOS QUE PREVÉN EL PORCENTAJE ADICIONAL APLICABLE A LA TARIFA PREVISTA EN EL ARTÍCULO 172 DEL CÓDIGO FISCAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO, DEBEN ANALIZARSE A LA LUZ DEL PRINCIPIO DE EQUIDAD TRIBUTARIA.
Texto de la tesis
Hechos: Los Tribunales Colegiados de Circuito contendientes sustentaron criterios contradictorios al analizar el principio conforme al cual debe examinarse la constitucionalidad de los artículos transitorios trigésimo –de los decretos de reformas al Código Fiscal de la Ciudad de México publicados en la Gaceta Oficial local el veintitrés de diciembre de dos mil diecinueve y el veintiuno de diciembre de dos mil veinte– y vigésimo quinto –del decreto de reformas al mismo ordenamiento publicado el treinta de diciembre de dos mil veintiuno– y de los avisos por los que se da a conocer la lista de co...
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