REENCAUZAMIENTO DE LA ACCIÓN EN MATERIA MERCANTIL. PROCEDE DE OFICIO ANTE UN ERROR EN LA DENOMINACIÓN DE ÉSTA.
Texto de la tesis
Hechos: En el juicio mercantil se demandó a una institución bancaria la nulidad absoluta de los cargos efectuados a una cuenta de cheques, su cancelación y la restitución de la cantidad total amparada por las operaciones impugnadas, al no reconocer la persona actora haber realizado ni otorgado su consentimiento para efectuarlas, esto es, adujo su falsedad. En la sentencia definitiva se declaró que no procedía la acción de nulidad absoluta, sino la de objeción de pago de cheque regulada en el artículo 194 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, por ser la norma especial aplicable...
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