IUSera
Registro digital 2030065 · Tesis aislada · 11a. Época · I.16o.T.28 L (11a.) · DECIMO SEXTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.

PENSIÓN POR VIUDEZ. TIENE DERECHO A ELLA LA PERSONA QUE PROCREÓ HIJOS EN MATRIMONIO CON EL ASEGURADO Y LUEGO DE SU DIVORCIO VIVE EN CONCUBINATO CON ÉL MENOS DE 5 AÑOS (LEGISLACIÓN VIGENTE HASTA EL 30 DE JUNIO DE 1997).

Laboral y Seguridad Social Civil y Familiar
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Hechos: Después de 40 años de matrimonio en el que la actora procreó dos hijos, se divorció del trabajador pensionado-jubilado (hoy extinto), con quien posteriormente vivió en concubinato por casi 3 años hasta la muerte del asegurado. La actora demandó del Instituto Mexicano del Seguro Social el otorgamiento de una pensión por viudez, lo cual fue negado en la contestación de demanda, bajo el argumento de que no reunía los requisitos para tener derecho a la pensión (5 años de concubinato). Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que la persona que procreó hijos en matri...

Lee la tesis completa gratis

Crea tu cuenta y consulta el texto íntegro, el semanario de cada semana y la biblioteca de leyes.