IUSera
Registro digital 2030008 · Tesis aislada · 11a. Época · II.1o.1 C (11a.) · PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEGUNDO CIRCUITO CON RESIDENCIA EN CIUDAD NEZAHUALCÓYOTL, ESTADO DE MÉXICO.

EMPLAZAMIENTO A LA TERCERA INTERESADA AL JUICIO DE AMPARO DIRECTO. DEBE REALIZARSE EN EL CORREO ELECTRÓNICO QUE COMO DOMICILIO PARA OÍR Y RECIBIR NOTIFICACIONES SEÑALÓ EN LOS AUTOS DEL RECURSO DE APELACIÓN (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE MÉXICO).

Constitucional y Amparo Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Hechos: Se promovió amparo directo contra la sentencia dictada en el recurso de apelación en materia civil. La Sala responsable lo radicó y ordenó emplazar a la tercera interesada en el domicilio señalado en los autos del juicio en primera instancia. Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que el emplazamiento a la tercera interesada al juicio de amparo directo debe realizarse en el correo electrónico que como domicilio para oír y recibir notificaciones señaló en los autos del recurso de apelación. Justificación: La Suprema Corte de Justicia de la Nación ha resuelto qu...

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