SUSPENSIÓN PROVISIONAL EN AMPARO INDIRECTO. PROCEDE CON EFECTOS POSITIVOS CONTRA LA NEGATIVA DE UNA INSTITUCIÓN PÚBLICA DE SALUD DE PRACTICAR UN ABORTO A LA QUEJOSA, SI SE ENCUENTRA DENTRO DE LAS DOCE SEMANAS DE GESTACIÓN.
Texto de la tesis
Hechos: Una mujer con aproximadamente seis semanas de gestación solicitó al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) la interrupción voluntaria de su embarazo. La institución de salud negó la petición bajo el argumento de que el artículo 229 del Código Penal para el Estado de Jalisco y la Norma Oficial Mexicana NOM-046-SSA2-2005, sólo permiten el aborto en casos de violación, cuando represente un daño para la salud de la mujer embarazada o si continuar con el embarazo le representa un peligro de muerte. Contra esa determinación promovió amparo indirecto y solicitó la suspensión con efectos...
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