SECRETARÍA DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LA CIUDAD DE MÉXICO. SU TITULAR NO VIOLA EL PRINCIPIO DE RESERVA DE LEY, AL EXPEDIR SU CÓDIGO DE CONDUCTA.
Texto de la tesis
Hechos: En amparo indirecto se reclamó del titular de la Secretaría de Seguridad Ciudadana de la Ciudad de México la expedición del Código de Conducta de dicha dependencia, publicado en la Gaceta Oficial local el 8 de mayo de 2019. En revisión se argumentó que no se señaló la normativa que lo habilitara para expedirlo. Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que el titular de la Secretaría de Seguridad Ciudadana de la Ciudad de México no viola el principio de reserva de ley al expedir el referido código. Justificación: El Congreso de la Unión estableció en el artículo...
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