REFUGIADOS. PARA EL RECONOCIMIENTO DE ESA CONDICIÓN ES INNECESARIO ACREDITAR CON PRUEBAS DOCUMENTALES EL TEMOR FUNDADO DE PERSECUCIÓN.
Texto de la tesis
Hechos: La quejosa solicitó a la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados el reconocimiento de la condición de refugiada, toda vez que abandonó su país al haber sido víctima de violencia sexual y de amenazas por parte de una red delictiva dedicada a las transferencias internacionales, la cual se negó al estimarse que existía temor fundado, mas no persecución, porque quienes la violentaron eran de nacionalidad diferente. En el juicio contencioso administrativo federal se resolvió que no acreditó la persecución, pues omitió presentar pruebas suficientes, como las notas amenazantes que recibió o q...
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