SUSPENSIÓN PROVISIONAL EN EL JUICIO DE AMPARO INDIRECTO CONTRA LA RESOLUCIÓN QUE NEGÓ MODIFICAR O SUSTITUIR LA PRISIÓN PREVENTIVA JUSTIFICADA. ANTE LA INCONSTITUCIONALIDAD E INCONVENCIONALIDAD DEL ARTÍCULO 163 DE LA LEY DE LA MATERIA, EL JUEZ DE DISTRITO DEBE INAPLICARLO Y ACUDIR A LAS NORMAS DE LA "PARTE GENERAL" DE LA SUSPENSIÓN DEL PROPIO ORDENAMIENTO, QUE PERMITEN OTORGARLA CON EFECTOS RESTITUTORIOS.
Texto de la tesis
Hechos: El quejoso solicitó al Juez de Control la modificación de la prisión preventiva justificada que se le impuso como resultado de la vinculación a proceso. La autoridad responsable negó tal petición, al estimar que no habían variado las condiciones objetivas que condujeron a su imposición. Esa negativa fue reclamada en el juicio de amparo indirecto y se pidió la suspensión del acto reclamado con efectos restitutorios, para que la persona quedara en inmediata libertad. La Jueza de Distrito negó la medida en los términos solicitados y la concedió para el único efecto de que el peticionario...
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