IUSera
Registro digital 2029895 · Jurisprudencia · 11a. Época · 2a./J. 2/2025 (11a.) · Segunda Sala

RECUSACIÓN. LA CALIFICACIÓN DE LOS REQUISITOS PARA SU PROCEDENCIA CORRESPONDE A UN ÓRGANO DIVERSO DEL RECUSADO.

Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Hechos: Un Pleno Regional y un Tribunal Colegiado de Circuito sustentaron criterios contradictorios en relación con la posibilidad de que el órgano recusado se pronunciara sobre la procedencia del escrito de recusación, en atención al cumplimiento de los requisitos formales. Mientras que uno sostuvo que debe realizar ese pronunciamiento un órgano diverso al recusado; el otro, en su calidad de órgano recusado, desestimó la recusación por haberse incumplido el requisito formal relativo a la exhibición del billete de depósito. Criterio jurídico: La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de...

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