PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN DERIVADA DEL INCUMPLIMIENTO DE PAGO DE UN CONTRATO DE PRÉSTAMO PERSONAL OTORGADO POR EL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO DE CAMPECHE (ISSSTECAM). LE ES APLICABLE EL ARTÍCULO 112 DE LA LEY DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO DE CAMPECHE.
Texto de la tesis
Hechos: El Issstecam demandó en la vía oral mercantil por incumplimiento de pago a un derechohabiente, derivado de un contrato de préstamo personal inserto en un pagaré exhibido como documento base de la acción. El órgano jurisdiccional declaró prescrita la acción de pago planteada, con base en el artículo 112 de la Ley de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado de Campeche. Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que a la prescripción de la acción derivada del incumplimiento de pago de un contrato de un préstamo personal otorgado a un derechohabi...
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