IUSera
Registro digital 2029884 · Jurisprudencia · 11a. Época · 1a./J. 9/2025 (11a.) · Primera Sala

IMPUESTO AL VALOR AGREGADO. LA EXENCIÓN CONTENIDA EN EL ARTÍCULO 15, FRACCIÓN I, DE LA LEY DE LA MATERIA SE ACTUALIZA SI LOS CRÉDITOS HIPOTECARIOS PARA LA ADQUISICIÓN, AMPLIACIÓN, CONSTRUCCIÓN O REPARACIÓN DE BIENES INMUEBLES DESTINADOS A CASA HABITACIÓN, SE OTORGAN A PERSONAS FÍSICAS.

Fiscal y Hacendario Urbanístico e Inmobiliario
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Hechos: Una institución financiera otorgó créditos hipotecarios a personas morales con el objeto de que éstas adquirieran, construyeran, ampliaran o repararan bienes inmuebles destinados a casa habitación, y consideró que las comisiones que se generaron por el otorgamiento de tales créditos estaban exentas conforme al artículo 15, fracción I, de la Ley del Impuesto al Valor Agregado; sin embargo, se le determinó un crédito fiscal, pues la autoridad hacendaria estimó que tales comisiones no estaban exentas porque los créditos se otorgaron a personas morales y se debió realizar el pago del impue...

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