IUSera
Registro digital 2029796 · Tesis aislada · 11a. Época · I.20o.A.51 A (11a.) · VIGESIMO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.

PATENTES DE SEGUNDO USO FARMACÉUTICO. NO DEBEN PUBLICARSE EN LA GACETA DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL.

Mercantil Salud
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Hechos: Una farmacéutica, titular de una patente sobre una sustancia activa, la cual estaba incluida en la gaceta a que hace referencia el artículo 47 Bis del Reglamento de la Ley de la Propiedad Industrial, solicitó que se incluyera su patente respecto al uso o método con la misma sustancia activa para el tratamiento del cáncer. El Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial se la negó, al considerar que no se deben publicar las patentes de segundo uso farmacéutico. Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que las patentes de segundo uso farmacéutico no deben publica...

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