INCIDENTE DE PENSIÓN COMPENSATORIA DERIVADO DE UN JUICIO DE DIVORCIO SIN EXPRESIÓN DE CAUSA EN EL ESTADO DE NUEVO LEÓN. CONTRA SU RESOLUCIÓN PROCEDE EL AMPARO DIRECTO [APLICACIÓN DE LAS TESIS DE JURISPRUDENCIA 1A./J. 111/2012 (10A.) Y 1A./J. 1/2020 (10A.)].
Texto de la tesis
Hechos: Los Tribunales Colegiados de Circuito contendientes sustentaron criterios contradictorios al analizar la aplicación de las tesis de jurisprudencia referidas, para establecer cuál es la vía procedente para reclamar en amparo la resolución del incidente de pensión compensatoria previsto en el artículo 279, segundo párrafo, del Código Civil para el Estado de Nuevo León, derivado de un juicio de divorcio incausado, tramitado con posterioridad a que se disolvió el vínculo matrimonial. Mientras que dos aplicaron dichos criterios y concluyeron que el amparo directo es la vía procedente; el ot...
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