IUSera
Registro digital 2029784 · Tesis aislada · 11a. Época · I.11o.C.31 K (11a.) · DÉCIMO PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.

EXCEPCIONES. NO TIENEN EL ALCANCE DE RECONOCER, CONSTITUIR O REIVINDICAR UN DERECHO A FAVOR DE LA PARTE DEMANDADA.

Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Hechos: En diversos juicios orales mercantiles, los juzgados de origen analizaron como excepciones cuestiones que en realidad estaban dirigidas a constituir un derecho. Las quejosas promovieron amparo directo contra las sentencias respectivas. Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que las excepciones sólo tienen el alcance de aplazar, atenuar o destruir la acción intentada, mas no constituir, reconocer o reivindicar derechos a la parte que la plantea. Justificación: El término "excepción" consiste en un derecho de defensa y constituye la facultad legal de la parte de...

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