PERSONALIDAD DE LA PARTE TERCERA INTERESADA EN AMPARO. EL ÓRGANO JURISDICCIONAL PUEDE REQUERIRLA PARA QUE LA SUBSANE, CUANDO NO HUBIERE ACOMPAÑADO EL DOCUMENTO QUE LA ACREDITE O ÉSTE RESULTE INSUFICIENTE.
Texto de la tesis
Hechos: En amparo indirecto una sociedad tercera interesada presentó un escrito para ofrecer pruebas e intentó acreditar la personalidad de su representante con un poder notarial en copia simple, al cual no se le otorgó valor probatorio y se dictó sentencia en la que se concedió el amparo a la quejosa (contraparte de la sociedad en el procedimiento de origen). Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que, cuando la parte tercera interesada se apersone al amparo, el órgano jurisdiccional puede requerirla en caso de que no hubiere acompañado el documento que acredite su p...
Lee la tesis completa gratis
Crea tu cuenta y consulta el texto íntegro, el semanario de cada semana y la biblioteca de leyes.