IUSera
Registro digital 2029743 · Tesis aislada · 11a. Época · II.1o.A.22 A (11a.) · PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL SEGUNDO CIRCUITO.

ACTOS TRASLATIVOS DE DOMINIO EN MATERIA AGRARIA. ES INNECESARIO QUE CUMPLAN CON EL REQUISITO DE SER DE FECHA CIERTA, CON EL RIGOR QUE EXIGE LA MATERIA CIVIL PARA LA PROCEDENCIA DE LAS ACCIONES EJERCIDAS CON BASE EN ELLOS.

Civil y Familiar Agrario y Rural Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Hechos: En los juicios agrarios se ejercieron diversas acciones, como la prescripción adquisitiva y el mejor derecho de posesión de parcelas ejidales. El Tribunal Agrario las desestimó, al considerar que no se acreditó que los actos traslativos de dominio en los que se basaron fueran de fecha cierta, como se exige en la jurisprudencia aplicable a la materia civil. Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que no debe exigirse que los actos traslativos de dominio en materia agraria sean de fecha cierta con el rigor que exige la materia civil para la procedencia de las acc...

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