RELACIÓN LABORAL DE LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO DE JALISCO Y SUS MUNICIPIOS. NO PUEDE PRESUMIRSE POR LA OMISIÓN DE EXHIBIR LOS DOCUMENTOS MATERIA DE LA PRUEBA DE INSPECCIÓN OCULAR OFRECIDA PARA ACREDITARLA (INAPLICABILIDAD SUPLETORIA DE LOS ARTÍCULOS 784, 804 Y 805 DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO).
Texto de la tesis
Hechos: Dos personas demandaron a un Municipio del Estado de Jalisco su indemnización con motivo del despido injustificado aducido. El Ayuntamiento negó lisa y llanamente el vínculo de trabajo. En el desahogo de la prueba de inspección ocular que aquéllas ofrecieron, el demandado omitió exhibir los nombramientos, listas de raya o nóminas, tarjetas de registro de asistencia, plantilla de personal o Presupuesto de Egresos de todos sus servidores públicos, materia de dicha probanza. El Tribunal de Arbitraje y Escalafón determinó que se acreditó la relación laboral con las documentales allegadas,...
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