IUSera
Registro digital 2029728 · Jurisprudencia · 11a. Época · 2a./J. 89/2024 (11a.) · Segunda Sala

PROGRAMA SEMBRANDO VIDA. LAS REFERENCIAS GEOGRÁFICAS O COORDENADAS DE LAS UNIDADES DE PRODUCCIÓN QUE SON OBJETO DE APOYO DE ESE PROGRAMA NO SE EQUIPARAN CON LOS DOMICILIOS DE LAS PERSONAS INSCRITAS EN EL PADRÓN DE BENEFICIARIOS NI PUEDEN UTILIZARSE PARA IDENTIFICARLOS O HACERLOS IDENTIFICABLES.

Agrario y Rural Derechos Humanos Administrativo
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Texto de la tesis

Hechos: Los Tribunales Colegiados de Circuito contendientes sustentaron criterios contradictorios al determinar si las referencias geográficas o coordenadas de las unidades de producción (parcelas) que son objeto de apoyo del Programa Sembrando Vida permiten identificar los domicilios de las personas inscritas en el padrón de beneficiarios. Criterio jurídico: La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determina que las referencias geográficas o coordenadas de las unidades de producción que son objeto de apoyo del Programa Sembrando Vida, no se equiparan con los domicilios de...

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