FACTURAS. LA VÍA ADMINISTRATIVA ES LA IDÓNEA PARA EJERCER LA ACCIÓN DE CUMPLIMIENTO DE SU PAGO, CUANDO DERIVE DE UNA RELACIÓN DE COMPRAVENTA ENTRE UN PARTICULAR Y UN ENTE DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE GUERRERO).
Texto de la tesis
Hechos: Se demandó en la vía oral mercantil el cumplimiento de pago de facturas a un ente de la administración pública del Estado de Guerrero. En el acuerdo inicial se desechó la demanda, al considerarse que la vía para reclamar el monto de lo adeudado era la administrativa. Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que la vía administrativa es la idónea para ejercer la acción de cumplimiento de pago de facturas, cuando derive de una relación de compraventa entre un particular y un ente de la administración pública estatal. Justificación: Conforme al artículo 4, fracción...
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