REPARACIÓN INTEGRAL DEL DAÑO POR VIOLACIONES A DERECHOS HUMANOS. ES CONSTITUCIONAL EL ARTÍCULO 144, PÁRRAFO PRIMERO, DE LA LEY GENERAL DE VÍCTIMAS, QUE ESTABLECE LA CARGA PROCESAL DE PRESENTAR EL ESCRITO DE SOLICITUD PARA ACCEDER A LOS RECURSOS DE COMPENSACIÓN.
Texto de la tesis
Hechos: Una familia víctima de desplazamiento forzado interno promovió amparo indirecto para reclamar de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas la omisión de dictar de oficio las medidas de reparación integral, especialmente la relativa a la compensación, así como la inconstitucionalidad del artículo 144, párrafo primero, de la Ley General de Víctimas que prevé la presentación de un escrito de solicitud para acceder a los recursos relativos, por violar su derecho a la reparación integral. El Juez de Distrito sobreseyó en el juicio por inexistencia del acto reclamado, al no haberse presen...
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