IUSera
Registro digital 2029683 · Tesis aislada · 11a. Época · IV.3o.C.12 C (11a.) · TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL CUARTO CIRCUITO.

MEDIDAS DE PROTECCIÓN. CUANDO LAS SOLICITA EL CÓNYUGE VARÓN LA PERSONA JUZGADORA DEBE VERIFICAR LA EXISTENCIA DE LOS ELEMENTOS O INDICIOS QUE EVIDENCIEN LA VERACIDAD DE LA SITUACIÓN DE RIESGO AFIRMADA (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN).

Civil y Familiar Derechos Humanos
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Hechos: El cónyuge varón, por sí y en representación de su hijo solicitó ante el Juez de lo familiar órdenes de protección en calidad de emergencia contra su esposa, a quien atribuyó hechos de violencia física y psicológica. Solicitó la desocupación del domicilio por parte de ésta, así como la restricción de acercarse a la vivienda, al de la madre del demandante y al lugar de su trabajo. Dicha solicitud fue desechada por la persona juzgadora, porque lo peticionado se traducía en la desocupación del inmueble, es decir, como un aspecto patrimonial, en tanto que de los hechos narrados y de los me...

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