IUSera
Registro digital 2029544 · Tesis aislada · 11a. Época · I.8o.C.20 C (11a.) · OCTAVO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.

TASAS DE INTERESES ORDINARIOS Y MORATORIOS. PARA DETERMINAR SI SON DESPROPORCIONADAS O USURARIAS CUANDO LA OBLIGACIÓN DE PAGO SE HIZO EN MONEDA EXTRANJERA, DEBEN TOMARSE COMO REFERENCIA LAS VIGENTES EN EL PAÍS CORRESPONDIENTE DURANTE LA VIGENCIA DEL ADEUDO.

Civil y Familiar Financiero y Bancario
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Hechos: En un juicio ejecutivo mercantil derivado de un pagaré pactado en dólares, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América, se fijó una tasa ordinaria mensual del 2 % y una moratoria del 1 % mensual. Al resolver se consideró que los intereses eran legales, al compararlos con la tasa referencial en la República Mexicana en la época de vida del adeudo. Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito establece que para determinar si las tasas de intereses ordinarios y moratorios pactadas en una obligación de pago en moneda extranjera son desproporcionadas o usurarias, deben...

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