PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN CAMBIARIA DIRECTA. EL PLAZO RELATIVO DEBE COMPUTARSE A PARTIR DEL VENCIMIENTO DE LOS SEIS MESES CON QUE LA PERSONA TENEDORA DEL PAGARÉ CUENTA PARA EXIGIR EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES EN ÉL CONSIGNADAS, CUANDO EL DOCUMENTO SEA PAGADERO A LA VISTA O NO TENGA FECHA FIJA PARA SU VENCIMIENTO.
Texto de la tesis
Hechos: Un juicio ejecutivo mercantil fue declarado improcedente, al haber prescrito el título base de la acción, el cual era pagadero a la vista, para lo cual el Juez responsable hizo una interpretación del artículo 165 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, al computar el plazo de prescripción para el ejercicio de la acción cambiaria directa a partir del vencimiento de los seis meses con que la persona tenedora del pagaré contaba para exigir el cumplimiento de las obligaciones en él consignadas. Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que cuando en un...
Lee la tesis completa gratis
Crea tu cuenta y consulta el texto íntegro, el semanario de cada semana y la biblioteca de leyes.