IUSera
Registro digital 2029528 · Jurisprudencia · 11a. Época · 1a./J. 152/2024 (11a.) · Primera Sala

PENSIÓN ALIMENTICIA. CUANDO SU INCREMENTO SE PACTA EN LA MISMA PROPORCIÓN QUE EL SALARIO MÍNIMO, PARA SU CÁLCULO DEBEN TOMARSE EN CUENTA TODOS LOS FACTORES QUE LO COMPONEN, INCLUIDO EL MONTO INDEPENDIENTE DE RECUPERACIÓN (MIR).

Civil y Familiar
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Hechos: Los Tribunales Colegiados de Circuito contendientes sustentaron criterios contradictorios al analizar la forma en que debía interpretarse el pacto relativo a que la pensión alimenticia fijada debía aumentar en la misma proporción que el salario mínimo. Mientras que un Tribunal consideró que el monto independiente de recuperación (MIR) establecido por el Consejo de Representantes de la Comisión Nacional de Salarios Mínimos, como componente del salario mínimo a partir del uno de enero de dos mil diecisiete, no debía formar parte del aumento porque su finalidad era la recuperación del pod...

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