IUSera
Registro digital 2029471 · Jurisprudencia · 11a. Época · 2a./J. 57/2024 (11a.) · Segunda Sala

DERECHOS. LA CUOTA POR INSCRIPCIÓN O REGISTRO DE TÍTULOS ESTABLECIDA EN LA FRACCIÓN I DEL ARTÍCULO 52 DE LA LEY DE HACIENDA DEL ESTADO DE DURANGO NO VIOLA LOS PRINCIPIOS TRIBUTARIOS DE PROPORCIONALIDAD Y EQUIDAD.

Fiscal y Hacendario
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Texto de la tesis

Hechos: Los órganos jurisdiccionales contendientes sustentaron criterios contradictorios al analizar si el artículo referido, al establecer el pago de la cuota de 200 UMA por la inscripción o el registro de títulos, ya sea de documentos públicos o privados, de resoluciones judiciales, administrativas o de cualquier otra naturaleza, por virtud de los cuales se adquiera, trasmita, modifique o extinga el dominio o la posesión de bienes inmuebles, ante el Registro Público de la Propiedad y del Comercio del Estado de Durango, vulnera los principios tributarios de proporcionalidad y equidad, en cont...

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