PÓLIZA DE FIANZA EXHIBIDA CON MOTIVO DE LA CONCESIÓN DE LA SUSPENSIÓN EN AMPARO. SI CONTIENE LOS DATOS DEL EXPEDIENTE RELATIVO Y EL SEÑALAMIENTO CONCRETO Y ESPECÍFICO DE LAS OBLIGACIONES LEGALES O CONTRACTUALES DEL FIADO Y EL MONTO AFIANZADO, ES VÁLIDA PARA CONSIDERAR SATISFECHA LA GARANTÍA A QUE SE CONDICIONÓ LA EFECTIVIDAD DE LA MEDIDA CAUTELAR.
Texto de la tesis
Hechos: Un Tribunal Laboral decretó la suspensión de la sentencia reclamada en amparo directo en favor de la patronal para determinados efectos, y fijó los montos que debía garantizar por los posibles daños y perjuicios que pudieran ocasionársele al tercero interesado; sin embargo, rehusó tener por garantizada la medida cautelar porque la quejosa exhibió una sola póliza de fianza para garantizar ambos conceptos sin el desglose de los montos objeto de la misma. Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que si la póliza de fianza exhibida con motivo de la concesión de la s...
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