IUSera
Registro digital 2029432 · Jurisprudencia · 11a. Época · PR.P.T.CS. J/20 L (11a.) · PLENO REGIONAL EN MATERIA PENAL Y DE TRABAJO DE LA REGIÓN CENTRO SUR, CON RESIDENCIA EN LA CIUDAD DE MÉXICO

PAGO DE CUOTAS PATRONALES AL INSTITUTO DE PENSIONES DEL ESTADO DE JALISCO. EL DERECHO DE LAS PERSONAS SERVIDORAS PÚBLICAS PARA RECLAMARLO ES IMPRESCRIPTIBLE.

Laboral y Seguridad Social
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Hechos: Los Tribunales Colegiados de Circuito contendientes sustentaron criterios contradictorios al analizar si el pago de las aportaciones al Instituto de Pensiones del Estado de Jalisco es prescriptible. Mientras que uno sostuvo que el derecho para exigir el pago de las cuotas que el patrón debió enterar a dicho instituto prescribe en un plazo de tres años conforme al artículo 164 de la ley que rige a ese organismo; el otro estableció que es improcedente esa prescripción, porque las obligaciones de seguridad social se traducen en derechos humanos para las personas servidoras públicas. Crite...

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