PÓLIZA DE SEGURO. EL RECLAMO DE SU CUMPLIMIENTO PUEDE HACERSE TANTO EN EL DOMICILIO QUE APARECE EN LA CARÁTULA DE LA PÓLIZA, COMO EN ALGUNA DE LAS SUCURSALES DE LA ASEGURADORA.
Texto de la tesis
Hechos: En el juicio oral mercantil se demandó el cumplimiento forzoso de una póliza de seguro. La demandada señaló que no recibió la solicitud correspondiente, debido a que no se presentó en su oficina central, sino en una de sus sucursales; no obstante, se le condenó al pago de la prestación. Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que el reclamo de cumplimiento de una póliza de seguro puede hacerse tanto en el domicilio que aparece en la carátula de la póliza, como en alguna de las sucursales de la aseguradora. Justificación: Si bien es cierto que regularmente en la...
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