COMPENSACIÓN ECONÓMICA POR DISOLUCIÓN DEL MATRIMONIO O DEL CONCUBINATO. TIENE DERECHO A RECLAMARLA QUIEN SE HAYA DEDICADO PREPONDERANTEMENTE A LAS LABORES DEL HOGAR Y AL CUIDADO FAMILIAR, CON INDEPENDENCIA DE SU GÉNERO.
Texto de la tesis
Hechos: En un juicio familiar un hombre solicitó a su exconcubina el pago de una pensión alimenticia compensatoria y de una compensación económica por el trabajo que desempeñó en la casa y en el cuidado de sus hijos durante la relación. En primera y en segunda instancias se negó la solicitud con el argumento de que la parte demandante no demostró que carecía de recursos económicos para satisfacer sus necesidades básicas ni que el desempeño de dichas actividades fuera su principal ocupación durante el concubinato. Inconforme, la parte demandante promovió un juicio de amparo directo en el que ar...
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