IUSera
Registro digital 2029344 · Jurisprudencia · 11a. Época · 1a./J. 134/2024 (11a.) · Primera Sala

SERVICIOS DE SALUD EN CENTROS PENITENCIARIOS. EL QUE NO SEAN EXIGIBLES MEDIANTE UNA ACCIÓN COLECTIVA CIVIL NO VIOLA EL DERECHO DE ACCESO A LA JUSTICIA.

Penal Salud Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Hechos: Un colectivo de mujeres privadas de libertad promovió una acción colectiva para demandar distintas prestaciones de salud por parte del centro penitenciario donde se encontraban recluidas. El juzgado que conoció del asunto desechó la demanda porque no involucraba relaciones de consumo ni se trataba de un tema ambiental. El colectivo accionante interpuso recurso de apelación y el tribunal de segunda instancia confirmó la improcedencia de la acción. En desacuerdo, el colectivo accionante promovió juicio de amparo y reclamó que restringir el uso al sistema de acciones colectivas limitaba s...

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