IUSera
Registro digital 2029178 · Tesis aislada · 11a. Época · II.1o.C.9 C (11a.) · PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL SEGUNDO CIRCUITO.

PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN CAUSAL. NO SE INTERRUMPE EL PLAZO RELATIVO CON LO ACTUADO EN DIVERSO JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL DONDE SE DECLARA PRESCRITA LA ACCIÓN CAMBIARIA DIRECTA.

Civil y Familiar Mercantil
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Hechos: Se ejerció la acción causal en donde se opuso la excepción de prescripción, sustentada en que transcurrió el plazo de cinco años a que se refiere el artículo 7.474 del Código Civil del Estado de México. La Sala responsable consideró que dicho plazo se interrumpió con la promoción de diverso juicio ejecutivo mercantil en que se declaró prescrita la acción cambiaria directa. Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que la tramitación del juicio ejecutivo mercantil fundada en un pagaré en que se ejerce la acción cambiaria directa y se declara fundada la excepción d...

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