IUSera
Registro digital 2029160 · Jurisprudencia · 11a. Época · PR.P.T.CS. J/8 L (11a.) · PLENO REGIONAL EN MATERIA PENAL Y DE TRABAJO DE LA REGIÓN CENTRO SUR, CON RESIDENCIA EN LA CIUDAD DE MÉXICO

APORTACIONES DE "CESANTÍA EN EDAD AVANZADA Y VEJEZ". LAS PERSONAS MAYORES DE 25 AÑOS, DESCENDIENTES DE UNA PERSONA TRABAJADORA FALLECIDA QUE LAS SOLICITAN, DEBEN EXHIBIR CON SU DEMANDA LA CONSTANCIA DE OTORGAMIENTO O NEGATIVA DE PENSIÓN EXPEDIDA POR EL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL (IMSS).

Laboral y Seguridad Social Procesal y Justicia
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Texto de la tesis

Hechos: Los Tribunales Colegiados de Circuito contendientes sustentaron criterios contradictorios al analizar la condena a una Administradora de Fondos para el Retiro a la entrega de los recursos acumulados en la cuenta individual de la trabajadora fallecida en los ramos "cesantía en edad avanzada y vejez", sin que las actoras hubiesen exhibido la constancia de otorgamiento o negativa de pensión expedida por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), prevista en la fracción VI del artículo 899-C de la Ley Federal del Trabajo. Mientras que uno determinó acertada la condena, porque las dema...

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