IUSera
Registro digital 2029122 · Tesis aislada · 11a. Época · XXXII.8 K (11a.) · TRIBUNAL COLEGIADO DEL TRIGESIMO SEGUNDO CIRCUITO.

INEXISTENCIA DEL ACTO RECLAMADO EN AMPARO INDIRECTO. AL CONSTITUIR UNA CAUSAL DE SOBRESEIMIENTO, NO PUEDE INVOCARSE COMO UN MOTIVO MANIFIESTO E INDUDABLE DE IMPROCEDENCIA QUE DÉ LUGAR AL DESECHAMIENTO DE PLANO DE LA DEMANDA.

Constitucional y Amparo Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Hechos: La persona juzgadora de Distrito desechó de plano la demanda de amparo indirecto, al considerar actualizada la causal de improcedencia prevista en la fracción XXIII del artículo 61, en relación con la fracción IV del artículo 63, ambos de la Ley de Amparo, en virtud de que el acto reclamado es inexistente. Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que la inexistencia del acto reclamado en amparo indirecto, al constituir una causal de sobreseimiento, no puede invocarse como un motivo manifiesto e indudable de improcedencia que dé lugar al desechamiento de plano de...

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