IUSera
Registro digital 2029115 · Tesis aislada · 11a. Época · I.7o.P.29 P (11a.) · SÉPTIMO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL PRIMER CIRCUITO.

IMPARCIALIDAD JUDICIAL Y PROHIBICIÓN DE INTERVENCIÓN EN EL SISTEMA PENAL ACUSATORIO. NO SE VIOLAN CUANDO EL JUEZ DE ENJUICIAMIENTO, EN EL MISMO ASUNTO, SE PRONUNCIA SOBRE LA REVISIÓN DE MEDIDAS CAUTELARES EN LA ETAPA DE JUICIO Y, POSTERIORMENTE, DESAHOGA LA AUDIENCIA DE JUICIO ORAL HASTA EL DICTADO DE LA SENTENCIA CORRESPONDIENTE.

Penal Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Hechos: La persona juzgadora designada para integrar el Tribunal de Enjuiciamiento, previamente a iniciar la audiencia de juicio oral, conoció de la solicitud de revisión de medidas cautelares solicitada por las personas imputadas en la etapa de juicio. Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que en el sistema penal acusatorio no se violan el principio de imparcialidad judicial ni la prohibición de intervención, cuando el Juez de Enjuiciamiento, en el mismo asunto, se pronuncia sobre la revisión de medidas cautelares en la etapa de juicio y, posteriormente, desahoga la...

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