BENEFICIOS PRELIBERACIONALES EN EL PROCEDIMIENTO ABREVIADO. LA PERSONA SENTENCIADA PUEDE SOLICITAR SU CONCESIÓN AL JUEZ DE EJECUCIÓN, CUANDO LE SEAN NEGADOS EN LA SENTENCIA RELATIVA.
Texto de la tesis
Hechos: Un Tribunal Colegiado de Apelación convalidó la sentencia condenatoria derivada del procedimiento abreviado en el cual se negó a la persona sentenciada el acceso a los beneficios preliberacionales, en virtud del oficio ofrecido por la Fiscalía, expedido por la autoridad penitenciaria, en el que se informó que aquélla contaba con una condena previa en sentencia ejecutoriada por delito doloso, sin que el sentenciado o su defensa expusieran a la persona juzgadora razones suficientes para su concesión, u ofrecieran datos de prueba pertinentes para desestimar la oposición ministerial. Crite...
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