PRUEBAS DOCUMENTALES EN EL JUICIO DE AMPARO INDIRECTO. SI SE OFRECEN EN LA AUDIENCIA CONSTITUCIONAL CON LA FINALIDAD DE DEMOSTRAR LA ACTUALIZACIÓN DE UNA CAUSAL DE IMPROCEDENCIA Y NO OBRAN EN EL PROCEDIMIENTO DE ORIGEN, EL JUEZ DE DISTRITO DEBE DIFERIRLA PARA DAR OPORTUNIDAD AL QUEJOSO DE CONOCERLAS Y, EN SU CASO OBJETARLAS, A FIN DE NO VIOLAR LAS REGLAS FUNDAMENTALES DEL PROCEDIMIENTO.
Texto de la tesis
Hechos: En el juicio de amparo indirecto, el quejoso se ostentó como tercero extraño por equiparación, al reclamar el emplazamiento al juicio de origen, y la tercera interesada hizo valer la causal de improcedencia prevista en el artículo 61, fracción XIV, en relación con los diversos 17, primer párrafo y 18 de la Ley de Amparo, al estimar que la demanda se presentó extemporáneamente, pues el impetrante tuvo conocimiento del acto reclamado a partir de la fecha contenida en una documental privada, en la que hizo propuesta formal para llegar a un arreglo, citando en la misma los datos del juicio...
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