IUSera
Registro digital 2028920 · Tesis aislada · 11a. Época · V.4o.P.A.2 A (11a.) · CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS PENAL Y ADMINISTRATIVA DEL QUINTO CIRCUITO.

AUTORIDAD RESPONSABLE PARA EFECTOS DEL AMPARO. NO TIENE ESE CARÁCTER EL ENCARGADO DE UN SERVICIO PARTICULAR DE GRÚAS, CUANDO SE LE RECLAMA EL COBRO POR EL ARRASTRE DE UN VEHÍCULO DETENIDO CON MOTIVO DE UNA INFRACCIÓN DE TRÁNSITO POR CONDUCIR EN ESTADO DE EBRIEDAD (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE SONORA).

Constitucional y Amparo Transporte y Comunicaciones
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Hechos: En amparo indirecto una persona reclamó el cobro por concepto de arrastre y almacenamiento del vehículo automotor que conducía en estado de ebriedad y señaló como autoridad responsable al encargado del servicio de grúas particular. Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que el encargado de un servicio particular de grúas no tiene el carácter de autoridad responsable para efectos del juicio de amparo, cuando se le reclama el cobro por el arrastre de un vehículo con motivo de una infracción de tránsito por conducir en estado de ebriedad. Justificación: El artícu...

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