IUSera
Registro digital 2028919 · Tesis aislada · 11a. Época · I.3o.C.26 K (11a.) · TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.

AUTORIDAD RESPONSABLE PARA EFECTOS DE LA PROCEDENCIA DEL JUICIO DE AMPARO INDIRECTO. NO TIENE ESE CARÁCTER LA PERSONA QUE ADMINISTRA UN CONDOMINIO, CUANDO REALIZA ACTOS PROPIOS DE SU ENCARGO.

Constitucional y Amparo Civil y Familiar
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Hechos: Una persona que se ostentó como propietaria de un bien inmueble (departamento) promovió juicio de amparo indirecto contra el acto que reclamó de un particular que tiene el carácter de administrador del condominio donde aquél se ubica, consistente en la emisión de la convocatoria, avisos, entre otros actos propios de su encargo. El Juzgado de Distrito desechó la demanda pues los actos reclamados no eran susceptibles de impugnarse en la vía constitucional, ya que a dicha persona no le reviste el carácter de autoridad para efectos del juicio de amparo. Criterio jurídico: Este Tribunal Col...

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